capítulos, revisándolos con el mayor esmero.
El lector apercibirá, a primera vista, que este libro no lleva circunstanciada lista de las obras a que en la exposición se alude. Sólo se han invocado textos concretos con expresa nota del artículo o del libro a que pertenecen, en muy contados casos. Voy a decir el porqué. No se debe olvidar, para comprenderlo, que el origen de las presentes páginas ha sido un largo curso universitario, desarrollado en lecciones de tipo magistral, que se completaron con preguntas y casos prácticos. Documentarlo con notas al pie de las hojas impresas, sería desnaturalizar su índole. Por otra parte, el auditorio caraqueño, más que en busca de mi erudición, iba en demanda de mis personales opiniortes. Aconsejo a quienes deseen conocer las
fuentes bibliográficas que lean mis obras anteriores, sobre todo mi libro La teoría jurídica del deUto (Madrid, Universidad, 1931), mis cinco volúmenes de El Criminalista (editados en Buenos
Aires por "La Ley", desde 1941 a la fecha) y mi monografía El error de Derecho en materia penal (Bs. As., "El Ateneo", 1942). Me apresuro a advertir que la doctrina del delito encerrada en el
presente tomo es mucho tnás completa que la expuesta en Madrid en mi citado discurso académico.
'Mientras no imprima mi Tratado del que se hallan prestos los tres primeros volúmenes—, este Curso de Dogmática penal puede hacer sus veces. Aunque toda obra de este linaje ha de apoyarse en un Derecho vigente, y ésta se ha construido sobre el Código perud de Venezuela, lo cierto es que puede ser utilizada, acaso con provecho, en la Argentina o en cualquier otro país hispanoamericano, y hasta en España, si no le impiden la entrada los cancerberos totalitarios.
Complemetao indispensable de este Curso que ahora ve la luz es la obra que en colaboración con Francisco Carsi Zacarés va a circularse bien pronto por Id misma casa editora: Códigos penales iberoamericanos (editada por "Andrés Bello" de Caracas y difundida por "Editorial Sudamericana" de Buenos Aires). En ese largo y papiente trábalo, en que se estudian comparativamente todos los Códigos de Iberoamérica, más los de Haití y Puerto Rico, se encontrarán indicaciones indispensables para quien quiera adaptar la doctrina
de este Curso a un Código determinado.
Una advertencia más me resta por hacer a los lectores. Para que este Curso fuese entero, debería añadirse la teoría de la sanción y, tal vez, una parte más sobre el delincuente. El limitadísimo tiempo
de que dispuse en Caracas no me permitió construirlas. Si los azares de la vida por demás agitada para los españoles republicanos de esta hora, no me señalan otro rumbo, quizá en los tres primeros
meses del año venidero pueda dar cima a mi tarea. Entonces los dos volúmenes de mi Curso venezolano constituirán un completo estudio dogmático de la Parte general del Derecho penal.
No ha dejado de ser trabajosa la composición de la presente obra. Exigió de mí un exceso de horas laborables, en Caracas primero y en Buenos Aires después. El auxilio ele Mercedes de Briel,
de Francisco Carsi y de Isidro de Miguel en la corrección de originales y pruebas de imprenta, ha sido para mí sumamente precioso. Por eso les doy las gracias a la cabeza de este libro, que es tanto
de ellos como mío.
Al repasarlo, he revivido días inolvidables de aquel Caracas Heno de inquietudes y de. futuro tan prometedor. El recuerdo de mis temporales discípulos y perennes compañeros me quedó indeleblemente
grabado por el burü de la amistad. A uno de ellos, acaso el más fraterno, van dedicadas estas páginas. Su nombre es representativo de cuantos afectos me ligan con los venezolanos y con su suelo prodigioso.
Buenos Aires, 11 de agosto de 1945.
LUIS JIMÉNEZ DE ASÚA.
Luis Jimenez de Azua
Principios de Derecho Penal
La Ley y el Delito
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PUBLICADO POR: FRANCISCO PORTILLO
Estudiante de la Facultad de Ciencias Jurídicas en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Me encanta el Derecho y mi objetivo es servir con excelencia a mi país y mis Semejantes.
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