El Estado es toda sociedad humana en la que existe una diferencia política: la clara separación entre gobernantes y gobernados. «El Estado es, por así decirlo, la cúspide del edificio social moderno; y su supremacía sobre todas las demás formas de agrupación social es lo que caracteriza su naturaleza especial».

La Ciencia clásica que estudia el Estado se denomina Teoría del Estado. Cuenta con una larga tradición, pues las distintas corrientes de pensamiento a lo largo de La historia han ejercido en ella notable influencia. Desde siglos pasados muchos Juristas tanto de Europa como de América, han intensificado sus investigaciones acerca del Estado considerándolo desde perspectivas sociológicas, jurídicas y políticas, y las han divulgado en verdaderos tratados que conforman el acervo macizo, fecundo y reconocido que consolida el prestigio de esta disciplina.

El punto de partida en el estudio de la Teoría del Estado es su definición. Sin embargo, nos encontramos con la dificultad de que no existe una definición de esta Ciencia que sea aceptada universalmente, pues que se conocen tantas definiciones como autores hay.

A continuación proponemos algunas para que las analicemos, las compa-remos, y al final formulemos nuestra propia definición de Teoría del Estado.

1.1.1 Definición por Hermann Héller:
Para este célebre autor alemán, la Teoría del Estado es la «Ciencia que se propone investigar la específica realidad de la vida estatal que nos rodea. Aspira a comprender al Estado en su estructura y funciones actuales, su devenir histórico y las tendencias de su evolución».

Héller no pretende construir una Teoría "General" del Estado con carácter de universalidad para todos los tiempos, porque no lo estima en absoluto posible. Y aclara, que no son de temer confusiones con una Teoría «Particular» del Estado, porque aunque existiera una ciencia semejante, hay tomar en cuenta que «el Estado no es una cosa invariable, que presente caracteres constantes a través del tiempo».

1.1.2 Definición por Georg Jellinek.
Este Jurista recoge el pensamiento político de grandes exponentes de la Escuela Alemana, entre ellos: Gerber, Müller, Gierke, Meyer, Schkeicher, Rehm, Laband. Y sus investigaciones marcan una relevante trayectoria que orienta a los estudiosos.

Jellinek considera que la ciencia explicativa del Estado es la ciencia teórica o doctrina del mismo, cuyo problema está constituido por el conocimiento de los fenómenos del Estado en todas las direcciones de su existencia. Pero es al propio tiempo ciencia descriptiva en cuanto precisa y determina cuales son las notas distintivas de Estado y las formas de sus fenómenos; esta descripción es siempre una explicación.

Divide a la Doctrina del Estado en Doctrina "General" del Estado y, en Doctrina "Particular" del mismo.

La primera, se propone hallar el principio fundamental del Estado y someter a la investigación científica los fenómenos generales de éste y sus determinaciones primordiales mediante la investigación general de las formas que los Estados han revestido en los fenómenos histórico-sociales.

La Doctrina "General" se complementa con la Doctrina "Particular" del Estado. Para ésta última, existen dos modos posibles de investigación: el primero que consiste en comparar las instituciones particulares de los Estados en general, la de un grupo de Estados determinados o las de éstos, pero con relación a una época limitada para llegar a explicar de este modo las formas típicas de estas instituciones; y, el segundo, que consiste en circunscribirse al conocimiento de un Estado concreto, bien la variedad de su evolución histórica, o bien en la mera forma actual.

Así pues, la Doctrina "Particular" del Estado es, o doctrina de las institucio-nes concretas de los Estados en general, o doctrina de las instituciones de un Estado en particular. En el primer caso, se llama Doctrina "Especial" y en el segundo, Doctrina "Individual" del Estado.

1.1.3 Definición por Hans Kelsen.
Para este connotado profesor austríaco, la Teoría del Estado comprende: Una Teoría "General" del Estado, que no se ocupa ni del aspecto sociológico ni del aspecto político, sino que lo que constituye su contenido esencial son los problemas acerca de la validez, vigencia y producción del orden jurídico general. Y comprende también, una Teoría "Especial" del Estado, que es la doctrina de un Estado "real" y concreto, es decir, la doctrina de una constitución positiva.

Kelsen desarrolla la Doctrina General del Estado como una doctrina Jurídica. Para él, la Teoría del Estado en cuanto Teoría del Derecho Político, es la doctrina del orden estatal. El dice que "si el Estado es el orden jurídico, la Teoría del Estado tiene que coincidir con la Teoría del Derecho; del mismo modo que la política (doctrina del Estado justo), coincide con la filosofía jurídica (doctrina del Derecho justo)"

1.1.4 Definición por Arturo Sampay.
Este Tratadista argentino se refiere a la Teoría del Estado con la intencionada supresión del calificativo "General".

La define así: La Teoría del Estado es "Un conocimiento sistemático en el que está provisionalmente suspensa la valoración de la entera realidad política- concreta y actual a la que se halla existencialmente adscripto el Investigador; y cuya función propia es la de ofrecer el conocimiento ejercido de esa realidad política para que, en un momento ulterior, se la valore mediante los principios normativos de la Ciencia Política y, en consecuencia, obren en el Estado y sobre el Estado los componentes de esa colectividad humana".

1.1.5 Definición por Guillermo Cabanellas.
Para este renombrado autor argentino, la Teoría General del Estado es: "El análisis y estudio de carácter científico acerca del origen, fundamento y actuación de la síntesis social que el Estado representa. Dicho análisis y estudio conduce a otros tantos sistemas más o menos coherentes y a las dispares actitudes de los grupos políticos".

1.1.6 Definición por Carlos S. Fayt.
Este notable profesor argentino define la Teoría del Estado como "El Conjunto de proposiciones logradas mediante la investigación del qué, por qué y para qué del Estado, para la descripción, explicación y unificación del fenómeno estatal, sometida a criterios lógicos y a la verificación de los hechos".

Fuente: Principios de Teoria del Estado - Alducinda Suazo Pineda

PUBLICADO POR: FRANCISCO PORTILLO
Estudiante de la Facultad de Ciencias Jurídicas en la Universidad Autónoma de Honduras, Me encanta el Derecho y mi objetivo es servir con excelencia a mi país y mis Semejantes.

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